rsalazar77
Cantidad de envíos : 2131 Edad : 47 Puntos : 1021 Fecha de inscripción : 11/08/2007
| Tema: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Miér 27 Ene - 12:39 | |
| Me contó Felipe k a nuestro gran amigo Don Ronald se le puso espeso un Oficial de Transito aduciendo que la Licencia B1 no es suficiente para andar una Carreta de 2 ejes... Alguno tiene información al respecto? según sabemos si la carreta excede el tamaño del Vehículo si se necesita B2 (o un permiso especial creo en lugar de la B2), pero que se necesita para andar en regla con una Carreta de 2 ejes ?? Cualquier info se les agradece, Saludos. | |
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Popo
Cantidad de envíos : 330 Edad : 45 Localisation : Heredia Puntos : 405 Fecha de inscripción : 10/10/2008
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Miér 27 Ene - 15:02 | |
| CREO q si es necesaria la licencia B2...xq al andar con una carreta de doble eje, automáticamente ya estas andando en un carro de 3 ejes | |
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blackdiamond
Cantidad de envíos : 805 Localisation : sarapiqui Puntos : 422 Fecha de inscripción : 14/05/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Miér 27 Ene - 15:50 | |
| eso depende del trafico y el tamaño de la carreta pero por ley si se nesecita la B2 vehalo usted mismo en un peaje si vas con carreta te cobran la tarifa de un vehiculo de 2 ejes | |
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Federico3
Cantidad de envíos : 121 Edad : 35 Localisation : ESCAZU Puntos : 98 Fecha de inscripción : 22/02/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Miér 27 Ene - 17:06 | |
| Yo ando en el carro la resolucion del consejo de seguridad vial en el carro por esa misma razon. Si la carreta no esta inscrita como TRAILER en pesos y dimensiones NO tiene por que tener licencia B2, si ud circula con una carreta en un vehuiculo que ocupa licencia B1 esa es la licencia que tiene que pedirle el oficial. Cuando se pone complicado es si la carreta es mas larga que el carro, aunque aun asi no tiene que haber problema. Yo creo que si no yo, alguien habia publicado aca la resolucion del cosevi. Si no en estos dias la publico para que la anden en los carros. Saludos Federico C Calderon | |
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MudOilnGears
Cantidad de envíos : 133 Edad : 35 Localisation : Puerto Viejo Sarapiqui Puntos : 174 Fecha de inscripción : 01/08/2009
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Miér 27 Ene - 17:28 | |
| Tipo B1 (vehículos livianos de un cuarto de tonelada a una y media tonelada): 1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado. 2. Curso básico de educación y seguridad vial. 3. Prueba práctica de manejo. 4. Dictamen médico. Tipo B2 (vehículos livianos de todo peso hasta cinco toneladas): 1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado. 2. Curso básico de educación y seguridad vial. 3. Prueba práctica de manejo. 4. Dictamen médico. Tipo B3 (vehículos livianos de todo peso, incluso los mayores de cinco toneladas, excepto los vehículos pesados articulados): 1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado. 2. Curso básico de educación y seguridad vial. 3. Prueba práctica de manejo. 4. Dictamen médico. Tipo B4 (vehículos livianos de todo peso, incluso los articulados): 1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado. 2. Curso básico de educación y seguridad vial. 3. Prueba práctica de manejo 4. Dictamen médico.
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rsalazar77
Cantidad de envíos : 2131 Edad : 47 Puntos : 1021 Fecha de inscripción : 11/08/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Vie 29 Ene - 19:31 | |
| Pura Vida, ahora le paso a nuestro amigo los comentarios a ver k hace... de repente y va ocupar B2, pero como es sabido si va con el carro y la carreta, no se la van a dar, solo si va con un camion! k vida. | |
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licbrenes
Cantidad de envíos : 133 Localisation : Cartago Puntos : 172 Fecha de inscripción : 05/02/2010
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Vie 5 Feb - 18:08 | |
| EL MOPT EN ESTE GOBIERNO HABIA EMITIDO UNA DIRECTRIZ EN DONDE ACLARA QUE PARA CARRETAS DE TIPO RECREATIVO NO SE OCUPA LICENCIA B2, LA B1 BASTA. EL ARGUMENTO ES QUE COMO SE TRATA DE REMOLQUES O CARRETAS DE USO ESPORADICO Y NO DE TRABAJO O PERMANENTE, NO PUEDEN APLICAR LA NORMATIVA DE MODO ESTRICTO. YO TENIA LA DIRECTRIZ PERO SE ME ESTRAVIO. DEBE SER DE FACIL LOCALIZACION EN INTERNET. ESPERO QUE LO ANTERIOR LES ACLARE SUS DUDAS. | |
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rsalazar77
Cantidad de envíos : 2131 Edad : 47 Puntos : 1021 Fecha de inscripción : 11/08/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Vie 5 Feb - 19:54 | |
| Eso ser[ia genial! voy ver si encuentro esa directriz, al rato sea una misma k habían posteado acá hace un tiempo... | |
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jaguzo
Cantidad de envíos : 91 Puntos : 35 Fecha de inscripción : 23/02/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Sáb 6 Feb - 6:52 | |
| INFORMACIÓN PARA EL MANEJO DE VEHÍCULOS ACTICULADOS EN LAS CARRETERAS NACIONALES SE ACONSEJA A LOS SOCIOS DE ADENA, PORTAR UNA COPIA DE ESTA RESOLUCIÓN PARA PRESENTARLA A LOS INSPECTORES DE TRÁNSITO EN CASO DE PROBLEMASRESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 02-98 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN VIAL, San José, a las ocho horas del treinta de julio de 1998.***** Consulta realizada por usuarios, con respecto a la licencia requerida para la conducción de un vehículo al que se le acopla una carreta, arrastre u otro accesorio, ya que los funcionarios de la Dirección General de la Policía de Tránsito, en los procedimientos que realizan, exigen la licencia tipo B-4 para conducir cualquier tipo de vehículo articulado.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que es competencia exclusiva del Ministerio de Obras Públicas y Transportes todo lo concerniente al control, regulación y vigilancia del transporte y la circulación de vehículos automotores por las vías públicas nacionales, así como lo relativo a la seguridad vial de los peatones y los conductores. SEGUNDO: Que en virtud de lo anterior la Ley N.7331: Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, vino a establecer, entre otras cosas, los requisitos esenciales que debe cumplir todo conductor de vehículos que aspire a obtener licencia de conducir, así como los diferentes tipos de licencia requerida para conducir un determinado automotor.
TERCERO: Que el artículo 68 de la citada Ley de Tránsito, en cuanto a las licencias Tipo B-4, señala textualmente : "Tipo B-4: Autoriza para conducir vehículos de todo peso, incluso los articulados". Asimismo, los artículos 67 y 69 de dicho cuerpo normativo establecen la obligación y los requisitos necesarios de la prueba práctica de manejo, como requisito previo a la obtención de una licencia de conducir.
CUARTO: Que de la correspondencia entre los artículos 69 y 200 inc.88) de la citada Ley de tránsito por las Vías Públicas Terrestres., se obtiene q
| QUINTO: Que el legislador, al establecer en el citado artículo 69 ibiden, la advertencia de que, en los casos de vehículos articulados, la realización de la prueba práctica de manejo requiere en manejo del vehículo completo, sea cabezal y remolque, estaba pensando, indudablemente, en los denominados "trailes", dadas las dimensiones de este tipo de vehículos y por lo necesario de tener suficiente seguridad sobre la capacidad y aptitud del conductor para manejar dicho automotor.
SEXTO: Que en las carreteras nacionales circula una gran cantidad de vehículos automotores, cuya licencia de conducir requerida es del Tipo B; automotores a los cuales se le ha adicionado una carreta, arrastre u otro accesorio, de manera tal que los mismos se convierten en vehículos articulados, distintos de los denominados "trailes", caso en los que, aplicando criterios de racionalidad y razonabilidad, resulta exigible la licencia que autoriza conducir el vehículo en sus características originales.
SETIMO: Que, dada la falta de regulación normativa, en relación con el caso que aquí se analiza, resulta necesario fijar y determinar que licencia es la procedente en le caso concreto, a efecto de una mayor seguridad jurídica y en beneficio del servicio público que brinda esta institución.
POR TANTO Con fundamento en los dispuesto por la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, N. 4786 del 6 de julio de 1971 y sus reformas; Ley General de la Administración Pública, N. 6227 de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; Ley de Administración Vial, N. 6324, de 24 de mayo de 1979 y sus reformas; y los artículos 67, 68, 69 y 220 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N. 7331 de 13 de abril de 1993, SE RESUELVE que la licencia requerida para conducir un vehículo articulado, distinto a los denominados "trailes", es aquella que autoriza conducir el vehículo en sus características originales. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
MBA. Hugo Jiménez Bastos DIRECTOR GENERAL
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rsalazar77
Cantidad de envíos : 2131 Edad : 47 Puntos : 1021 Fecha de inscripción : 11/08/2007
| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? Sáb 6 Feb - 10:36 | |
| Esa era!! muchas gracias Jaguzo, ya ya se la paso a Don Ronald! pura vida todos | |
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| Tema: Re: Cual Licencia para andar Carreta de 2 ejes ? | |
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